Desde el pasado jueves 30 de Julio es obligatorio llevar mascarilla con carácter general, incluyendo específicamente en la normativa su uso obligatorio en las terrazas y en los lugares de ocio.
Como en la anterior normativa quedan excluidos de llevar la mascarilla los niños menores de 6 años, las personas que por enfermedad respiratoria no puedan llevarla o que el uso de la misma agrave sus síntomas, y las personas dependientes o con discapacidad que no tengan autonomía para quitársela o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable el uso de la mascarilla.
No es obligatorio llevarla tampoco para realizar deporte al aire libre o en los espacios de naturaleza fuera de núcleos de población donde se pueda mantener la distancia de seguridad, ni en las piscinas públicas durante el baño y fuera de la piscina si se permanece en un espacio determinado.
En los locales de ocio, parques, bares y restaurantes no se permiten grupos de más de diez personas y si no se está comiendo o bebiendo, hay que llevar la mascarilla.
Recordamos que las mascarillas con válvula están prohibidas ya que no evitan el contagio si quien la lleva es positivo.