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Uso de mascarillas obligatorio en la Comunidad de Madrid

Desde el pasado jueves 30 de Julio es obligatorio llevar mascarilla con carácter general, incluyendo específicamente en la normativa su uso obligatorio en las terrazas y en los lugares de ocio.

Como en la anterior normativa quedan excluidos de llevar la mascarilla los niños menores de 6 años, las personas que por enfermedad respiratoria no puedan llevarla o que el uso de la misma agrave sus síntomas, y las personas dependientes o con discapacidad que no tengan autonomía para quitársela o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable el uso de la mascarilla.

No es obligatorio llevarla tampoco para realizar deporte al aire libre o en los espacios de naturaleza fuera de núcleos de población donde se pueda mantener la distancia de seguridad, ni en las piscinas públicas durante el baño y fuera de la piscina si se permanece en un espacio determinado.

En los locales de ocio, parques, bares y restaurantes no se permiten grupos de más de diez personas y si no se está comiendo o bebiendo, hay que llevar la mascarilla.

Recordamos que las mascarillas con válvula están prohibidas ya que no evitan el contagio si quien la lleva es positivo.

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